Ayudas para la mejora de las estructuras de las explotaciones

La Consellería de Medio Rural ha publicado la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC) de España 2023-2027. El plazo de presentación finaliza el 22 de marzo.

Las ayudas buscan cubrir las inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático y uso eficiente de los recursos naturales. Además, de facilitar las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias. Establecer agricultores jóvenes (incorporación agraria) y nuevos agricultores.

Requisitos

Requisitos de personas beneficiarias para las dos primeras ayudas:

  • Ser titular/cotitular de explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia o bien ser «nuevo agricultor» que se establece con un plan empresarial que incluye actuaciones en materia de mitigación-adaptación al cambio climático y el medio ambiente, excepto en el caso de persona agricultora joven o nueva que solicita simultáneamente estas ayudas.
  • Tener por lo menos 18 años de edad, en el caso de personas físicas y tener capacitación profesional suficiente, excepto en el caso de establecimiento de personas agricultoras jóvenes o nuevas. Las personas jurídicas deberán acreditar que, por lo menos, el 50 % posee la capacitación suficiente.
  • Que su actividad principal sea la agraria, así como mantener las inversiones cofinanciadas durante 5 años, desde el pago final al beneficiario o 3 años en el caso de mantenimiento de inversiones o de puestos de trabajo creados por pymes

Requisitos personas beneficiarias para agricultores jóvenes:

  • Tener entre 18 y 40 años de edad, ambos incluidos.
  • Cumplir con las condiciones necesarias para ser jefe de explotación por primera vez o haberla cumplido en los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda.
  • Cumplir la condición de agricultor profesional dentro de los 18 meses siguiente a la fecha de establecimiento.
  • La explotación en la que se promueve la instalación debe alcanzar una renta unitaria de trabajo igual o superior al 35 % de la renta de referencia.
  • Poseer el nivel de capacitación profesional suficiente en el plazo máximo de 36 meses desde el momento del establecimiento.
  • Presentar un plan empresarial.

Requisitos personas beneficiarias para establecimiento de nuevos agricultores:

  • Las mismas que para jóvenes agricultores, con diferencia que será para aquellos comprendidos entre los 41 y 55 años de edad, ambos incluidos.